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Ley Derogada

Artículo 45. Gobierno de Aragón.

Artículo 45 de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2003-1496

Atención: Ley 30/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Aragón es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil de la Comunidad Autónoma.

2. Al Gobierno de Aragón le compete:

a) Aprobar el Plan de protección civil de Aragón y los planes especiales.

b) Aprobar las disposiciones de carácter general que se elaboren en materia de protección civil.

c) Fijar las directrices generales de la política de prevención y autoprotección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-31.

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