Artículo 45. Organización.
Artículo 45 de la Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2002-15890
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.
Texto consolidado
El Registro de Cofradías de Pescadores se organiza mediante los siguientes instrumentos:
a) Un libro de registro de inscripciones, en el cual se apuntan los asientos.
b) Un archivo, en el cual se depositan los documentos que causan la inscripción.