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Ley Vigente

Artículo 45. Carpeta Empresarial.

Artículo 45 de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria. · BOE-A-2025-10884

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

Texto consolidado

1. Con el fin de facilitar las relaciones entre las empresas y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria se creará una Carpeta Empresarial en la que se integrarán todas las relaciones administrativas que se produzcan a lo largo de la vida de la empresa.

2. La Carpeta Empresarial, que actuará como repositorio de documentación de la empresa para hacer efectivo el derecho a no aportar documentos que obren ya en poder de la Administración, integrará todas las relaciones administrativas que se produzcan a lo largo de la vida de la empresa.

3. A través de la Carpeta Empresarial, se permitirá a las empresas formular a la Administración las sugerencias que tengan por conveniente sobre mejoras en la simplificación de procedimientos o reducción de cargas administrativas para su estudio por ésta, así como plantear dudas sobre la interpretación de las normas aplicables en los procedimientos administrativos en los que tengan la condición de interesado.

4. Esta herramienta compartida, compatible e interoperable, incluirá las relaciones que se produzcan entre las personas que realicen actividades profesionales y la Administración autonómica, y podrá ser utilizada para dar traslado a otras entidades públicas la documentación necesaria, siempre que se les autorice, para la emisión de los informes necesarios en la resolución de los procedimientos administrativos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

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