Artículo 45. Herramienta de perfilado.
Artículo 45 de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo. · BOE-A-2024-899
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
La herramienta de perfilado es el instrumento de gestión que permitirá la caracterización de las personas usuarias de la Red Vasca de Empleo según su empleabilidad y servirá de apoyo a la atención directa, a la programación de acciones individuales y a la planificación de las políticas públicas en materia de empleo. En todo caso, respetará los principios de igualdad, no discriminación y transparencia.