Artículo 45. Instrumentos de coordinación.
Artículo 45 de la Ley 15/2002, de 11 de julio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. · BOE-A-2002-18104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-24.
Texto consolidado
Para la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones contempladas en esta Ley y en el Plan Regional de Drogas se definen los siguientes órganos de coordinación:
a) Comisión Técnica Regional de Drogodependencias.
b) Comisión Interlocal de Drogodependencias.