Artículo 45. Sujetos responsables.
Artículo 45 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.
Texto consolidado
Serán sujetos responsables por infracciones administrativas en materia turística:
1. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares de establecimientos o actividades turísticas por actos realizados directamente o por personas de ellos dependientes.
2. Las personas físicas titulares de habilitación profesional para el ejercicio de actividades de información turística.
3. Las personas físicas o jurídicas que, no habiéndolo comunicado previamente o no habiendo obtenido la clasificación correspondiente, presten servicios turísticos incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley o realicen servicios de información turística sin disponer de la debida habilitación.