Artículo 45.
Artículo 45 del Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales. · BOE-A-2000-16417
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-09-09.
Texto consolidado
Firmada el acta de escrutinio, se publicará inmediatamente el resultado de éste por medio de certificación en extracto de aquella que se fijará en el tablón de anuncios del Tribunal.