Artículo 445. Sujetos pasivos.
Artículo 445 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-10.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos de la tasa las personas que soliciten la expedición de certificaciones acreditativas de la participación en procesos selectivos para el ingreso en Cuerpos, Escalas o Categorías laborales de la Administración de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo anterior.