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Ley Foral Vigente 4 redacciones

Artículo 44.

Artículo 44 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats. · BOE-A-1993-13993

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-11-19.

Texto consolidado

Cualquier tipo de maniobra o actividad con la maquinaria de las centrales hidroeléctricas que origine variaciones del caudal o del nivel del agua que, a su vez, conlleven alteración del medio en el que vive la fauna, requerirá autorización del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo, por auto del TC de 10 de noviembre de 1993. Ref. BOE-A-1993-27630.

Téngase en cuenta la Sentencia del TC 166/2000, de 15 de junio que desestima el recurso en relación con este artículo. Ref. BOE-T-2000-13056.

Se supende la vigencia y aplicación del artículo, desde el 18 de junio de 1993 para las partes del proceso y desde el 3 de julio de 1993 para los terceros, por providencia del TC de 29 de junio de 1993, que admite a trámite el recuso de inconstitucionalidad nº 1997/1993. Ref. BOE-A-1993-17301.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-11-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1993-27630.

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