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Ley Vigente

Artículo 44. Cuota tributaria.

Artículo 44 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 1. Emisión de informes y realización de inspecciones sobre ejecución de obras e instalaciones en zonas de dominio público y protección de la carretera:

a) Por la emisión de informes, incluido la toma de datos de campo que sean necesarios. Por cada informe: 70,00 euros.

b) Por la realización de inspecciones sobre ejecución de obras e instalaciones. Por cada inspección: 50,00 euros.

Tarifa 2. Concesión de autorización para la realización de obras e instalaciones en zonas de dominio público de la carretera en suelo clasificado como rústico:

a) Por la construcción de accesos a las carreteras de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

1. Acceso a vivienda particular: 50,00 euros.

2. Acceso a explotación agrícola: 50,00 euros.

3. Acceso a urbanizaciones e instalaciones industriales o de servicios: 200,00 euros.

4. Acceso a instalaciones para el establecimiento de un servicio público de interés general, que satisfaga las necesidades del usuario de la carretera, como estaciones de venta de carburante, hoteles, talleres, etc.: 500,00 euros.

b) Por el cruce de líneas aéreas de conducción eléctrica y de comunicaciones sobre las carreteras:

1. En líneas eléctricas de alta o media tensión: 500,00 euros.

2. En líneas eléctricas de baja tensión o de comunicaciones: 200,00 euros.

c) Por el cruce subterráneo de la calzada con nuevas conducciones de servicios públicos de interés general y acometida a los mismos: 500,00 euros.

d) Por la instalación en zanjas de conducciones de servicios públicos de interés general de forma paralela a la calzada de la carretera, por metro lineal: 20,00 euros.

e) Por la instalación de carteles informativos y de señales reglamentarias incluidas en el Código de Circulación, por unidad: 50,00 euros.

f) Por la reparación de instalaciones existentes con autorización anterior, y sin modificación de sus características: 70,00 euros.

Tarifa 3. Concesión de autorización para la realización de obras e instalaciones en zonas de dominio público de la carretera en suelo clasificado como urbano:

Por autorizar la ejecución de obras, incluida la reparación de la vivienda en la zona de dominio público en suelo clasificado como urbano: 70 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-02.

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