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Ley Vigente

Artículo 44. Suspensión por ocupación de una plaza temporal de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiada en su integridad con fondos públicos.

Artículo 44 de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. · BOE-A-2023-1405

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.

Texto consolidado

1. En caso de que la persona titular o beneficiaria ocupe una plaza temporal de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiado en su integridad con fondos públicos, la suspensión afectará exclusivamente al complemento individual correspondiente a la persona usuaria.

2. La suspensión del complemento individual que corresponda se acordará en el marco del procedimiento de actualización de la cuantía de la prestación a que se refiere el artículo 82, sin perjuicio de lo que resulte del procedimiento de control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-29.

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