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Ley Vigente

Artículo 44. Responsabilidad de las personas intervinientes en un procedimiento de mediación.

Artículo 44 de la Ley 1/2011, de 28 de marzo, de Mediación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-7406

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-05.

Texto consolidado

El incumplimiento de los deberes previstos en la presente Ley que atañen a las personas mediadoras o a las partes en la mediación, en cuanto supongan actuaciones u omisiones constitutivas de infracción administrativa, conllevará las sanciones que correspondan en cada caso, previa instrucción de un expediente contradictorio por el órgano competente de la Administración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-05.

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