El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 44. Medios de ejecución.

Artículo 44 de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor. · BOE-A-1998-14944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-13.

Texto consolidado

1. La Administración de la Junta de Andalucía podrá establecer con las Corporaciones Locales los mecanismos de colaboración que resulten convenientes para facilitar la ejecución de las medidas judiciales. La Administración de la Junta de Andalucía se reservará, en todo caso, la dirección y control.

2. Podrán suscribirse contratos o convenios con entidades privadas para la prestación de determinados servicios en la ejecución de las medidas judiciales. La Administración de la Junta de Andalucía, además de las funciones de dirección y control, ejercerá todas aquellas que impliquen el ejercicio de autoridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-13.

Más artículos de Ley 1/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.