Artículo 436.
Artículo 436 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. · BOE-A-1962-6167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1962-04-02.
Texto consolidado
La circulación y comercio de la piña cerrada para utilizar como combustible, en el caso a que hace referencia el artículo 236, se sancionará con multa del tanto del triplo del valor de los productos y decomiso de éstos.