Artículo 43. Infracciones administrativas respecto de los elementos culturales del Espacio Natural Doñana.
Artículo 43 de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana. · BOE-A-1999-23524
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-15.
Texto consolidado
Las infracciones que se puedan producir respecto de los elementos culturales del Espacio Natural Doñana se sancionarán de acuerdo con la normativa específica que sea de aplicación.
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