Artículo 43. Publicidad exterior.
Artículo 43 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. · BOE-A-2011-8022
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-15.
Texto consolidado
Todos los locales en donde se ejerzan actividades clasificadas deberán ostentar en lugar bien visible de su fachada los avisos de precaución pertinentes que se establezcan reglamentariamente o por la normativa sectorial.