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Ley Vigente

Artículo 43. Procedimiento de declaración.

Artículo 43 de la Ley 14/2018, de 5 de junio, de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-8949

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-08.

Texto consolidado

1. Para que pueda procederse a la declaración como municipio industrial estratégico, será necesario presentar ante la conselleria competente en materia de industria la siguiente documentación:

a) Solicitud de declaración como municipio industrial estratégico, acordada por el pleno del ayuntamiento solicitante.

b) Certificado de la secretaría del ayuntamiento solicitante acreditando que el municipio reúne los dos requisitos establecidos en el punto dos del artículo anterior.

2. La conselleria competente en materia de industria, una vez comprobada la documentación remitida, dictará resolución de concesión o denegación de la marca de calidad «municipio industrial estratégico», contra la que procederán los recursos pertinentes conforme la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. La declaración como municipio industrial estratégico será publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» así como en el portal web de la conselleria competente en materia de industria, y aparecerá de forma destacada en el mapa de áreas industriales de la Comunitat. Además conllevará la atribución de un distintivo de municipio industrial estratégico, que podrá ser utilizado libremente y en exclusiva por la entidad local beneficiaria, para las actuaciones de promoción y publicidad institucional que consideren.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-06-08.

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