El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 43. Naturaleza.

Artículo 43 de la Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2005-18493

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-25.

Texto consolidado

1. La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá recuperar por sí misma, en cualquier momento, la posesión indebidamente perdida de los bienes y derechos de dominio público pertenecientes al patrimonio de la misma.

2. Si los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de patrimoniales, la potestad de recuperación podrá ejercitarse antes de que transcurra el plazo de un año desde el día siguiente al de la usurpación, comunicando en este mismo plazo esta circunstancia al interesado. Pasado dicho plazo, para recuperar la posesión de estos bienes deberán ejercitarse las acciones civiles que procedan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-25.

Más artículos de Ley 11/2005

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.