Artículo 43. Personal de investigación del Sistema de Salud del Principado de Asturias.
Artículo 43 de la Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación. · BOE-A-2025-4911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-26.
Texto consolidado
El personal de investigación del SESPA se regirá por lo dispuesto en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y en la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, y demás normativa de aplicación.