Artículo 43.
Artículo 43 del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991. · BOE-A-1996-962
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-01.
Texto consolidado
1. El Convenio de Seguridad Social entre España y Brasil, de 25 de abril de 1969, y el Protocolo Adicional a dicho Convenio, de 5 de marzo de 1980, así como el Acuerdo Administrativo de 5 de noviembre de 1981 para la aplicación del Protocolo Adicional del Convenio, quedarán derogados en la fecha de entrada en vigor de este Convenio.
2. El presente Convenio garantiza los derechos adquiridos al amparo del Convenio y del Protocolo Adicional citados en el párrafo anterior.