Artículo 428. Devengo y pago.
Artículo 428 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-26.
Texto consolidado
La tasa se devenga en el momento de la presentación de la solicitud de expedición del título.#a1-2