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Ley Vigente

Artículo 42. Sustitución de sanciones.

Artículo 42 de la Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos. · BOE-A-2022-14086

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-18.

Texto consolidado

La autoridad competente para imponer sanciones podrá acordar la inclusión del infractor en programas de prevención formativa o informativa o la derivación a trabajos comunitarios no relacionados con el cuidado de los animales. Ambas modalidades, que podrán ser complementarias o alternativas, serán voluntarias y no podrán establecerse sin el consentimiento expreso del sancionado o de su representante legal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-18.

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