Artículo 42. Canon de control de vertidos.
Artículo 42 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-20.
Texto consolidado
La aplicación de los recursos que, en su caso, sean obtenidos del canon de control de vertidos, derivado de las autorizaciones de las infraestructuras de depuración, podrá determinarse de común acuerdo entre el Ministerio competente y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante la celebración de los oportunos convenios.