El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 42. Colaboración con las entidades locales.

Artículo 42 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón. · BOE-A-2019-466

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.

Texto consolidado

1. El departamento competente en materia de memoria democrática colaborará con las entidades locales de Aragón para contribuir a la ejecución de las medidas y acciones previstas en esta ley, especialmente en todo lo referido a la investigación, conocimiento, conmemoración, dignificación, fomento y divulgación de la memoria democrática.

2. Los entes locales colaborarán en el cumplimiento de los objetivos de esta ley en relación con el libre acceso a la documentación de memoria democrática y la concesión de los permisos pertinentes con relación al acceso a terrenos de titularidad municipal y cualquier otra cuestión recogida en esta ley.

3. Si una entidad local incumple las obligaciones recogidas en esta ley, el departamento competente en materia de memoria democrática le recordará su cumplimiento, concediéndole el plazo de un mes a tal efecto. Si transcurrido dicho plazo el incumplimiento persistiera, el departamento adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo con los requisitos previstos en el artículo 60 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-22.

Más artículos de Ley 14/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.