Artículo 42. Sujeto pasivo.
Artículo 42 de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua. · BOE-A-2002-18101
Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos del canon de aducción las Entidades Locales beneficiarias de la prestación del servicio, quienes podrán repercutir su importe entre los usuarios del mismo.