Artículo 41. Requisitos de la medida.
Artículo 41 del Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-433
Atención: Real Decreto 5/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Esta medida deberá ejecutarse antes del 1 de junio de la campaña siguiente a la que se ha solicitado.
2. Será obligatoria en todas las replantaciones, salvo las ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, la utilización de portainjertos certificados.
Para percibir la ayuda es necesaria la presentación de la factura del viverista o comerciante autorizado, y el justificante de pago.