Artículo 41. Funciones del pleno del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León.
Artículo 41 de la Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León. · BOE-A-2019-805
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-16.
Texto consolidado
Las funciones del pleno son:
a) Aprobar su reglamento de régimen interior y sus modificaciones.
b) Aprobar los presupuestos y liquidaciones.
c) Designar los representantes del Consejo de Cámaras de Castilla y León en los distintos organismos.
d) Nombrar y cesar al titular de la presidencia, de la secretaría general y de la tesorería, así como a los demás miembros del comité ejecutivo, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de régimen interior.
e) Aprobar los informes que sean elaborados por el comité ejecutivo de este Consejo, en todos aquellos supuestos que sea exigible de acuerdo con el articulado de esta ley.
f) Crear comisiones consultivas de trabajo o ponencias en los términos que se determine en su reglamento de régimen interior.
g) Aprobar y modificar la plantilla de personal.
h) Adoptar acuerdos relativos a la realización de convenios de colaboración.
i) Adoptar acuerdos relativos a la disposición de bienes patrimoniales del Consejo.
j) Aquellas otras que se prevean en su reglamento de régimen interior.
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