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Ley Vigente

Artículo 41. Planes camerales de internacionalización y competitividad.

Artículo 41 de la Ley 3/2015, de 2 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4548

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-09.

Texto consolidado

1. Anualmente, la Generalitat, en colaboración con el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, elaborará el Plan Cameral de Internacionalización que comprenderá la descripción de las acciones de interés específico en las áreas de formación, información y promoción dirigidas a promover la adquisición en el exterior de productos y/o servicios de la Comunitat Valenciana. Las cámaras de la Comunitat Valenciana ejecutarán este plan a través del oportuno convenio de colaboración con la Generalitat, en el que se fijará la financiación pública suficiente para su desarrollo.

2. Cada dos años, la Generalitat, en colaboración con el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, elaborará el Plan Cameral de Competitividad que corresponderá a la descripción de las acciones diseñadas para la mejora de la competitividad de las empresas de la Comunitat Valenciana. Las cámaras oficiales de la Comunitat Valenciana ejecutarán este plan a través del oportuno convenio de colaboración con la Generalitat, en el que se fijará la financiación pública suficiente para su desarrollo.

3. Ambos planes se elaborarán con pleno respeto a las competencias estatales, pudiendo establecerse mecanismos de colaboración con el Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-09.

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