Artículo 41. Concepto.
Artículo 41 de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura. · BOE-A-2001-12265
Atención: Ley 3/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A efectos de la presente Ley, se considera promoción pública de vivienda a toda promoción llevada a cabo, sin ánimo de lucro, por cualquier administración o entidad pública competente.