Artículo 41.
Artículo 41 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1991-10111
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-16.
Texto consolidado
Su organización y régimen de funcionamiento serán los establecidos en sus propios Estatutos, que se aprobarán de acuerdo con las prescripciones de esta Ley y que contendrán como mínimo:
a) Denominación, sede y fines de la Mancomunidad.
b) Municipios integrantes.
c) Órganos de gobierno y competencias de los mismos.
d) Procedimiento y efectos de la separación de alguno de sus miembros.
e) Disolución y liquidación.
f) Sistema de financiación y recursos.