Artículo 41. Cooperación y colaboración.
Artículo 41 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de museos promoverá y garantizará la cooperación y colaboración entre las distintas instituciones museísticas que integran el Sistema de Museos de Castilla-La Mancha, para la documentación, la investigación y la conservación de sus fondos, así como para las actividades de difusión de los mismos y de formación continua de su personal.