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Ley Vigente

Artículo 401. Exenciones.

Artículo 401 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.

Texto consolidado

Gozarán de exención en el pago de la tasa:

1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, respecto de los que demanden de oficio para el cumplimiento de sus fines, o como consecuencia de lo establecido en tratados o acuerdos internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno.

2. La emisión de certificados rectificativos de los inicialmente expedidos

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-02.

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