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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 40. Régimen económico-financiero y control de eficacia.

Artículo 40 del Real Decreto 312/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos. · BOE-A-2019-6995

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-06.

Texto consolidado

1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control del Centro de Estudios Jurídicos será el establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

2. Sin perjuicio de las competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas, el control interno de la gestión económico-financiera del Organismo corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado, y se realizará en las condiciones y en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por la Intervención Delegada en el Organismo, bajo la dependencia orgánica y funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.

3. El organismo estará sometido al control de eficacia, que será ejercicio por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, a través de la Inspección de los Servicios de dicho ministerio. Asimismo, el organismo estará sometido a la supervisión continua del Ministerio de Hacienda, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-02-06.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-2620.

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