Artículo 40. Verificación de la información.
Artículo 40 del Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones. · BOE-A-2000-21838
Atención: Real Decreto 1890/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información podrá realizar las actuaciones que considere convenientes al objeto de verificar la precisión y adecuación de la información suministrada por los obligados a ello en virtud de lo dispuesto en este Reglamento. A tal efecto, podrá recabar todos los datos adicionales que considere necesarios, así como realizar sus propias medidas y comprobaciones.