Artículo 40. Régimen del personal y de contratación.
Artículo 40 del Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos. · BOE-A-2003-19155
Atención: Real Decreto 1276/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El personal funcionario o laboral de carácter permanente del Centro de Estudios Jurídicos se regirá, conforme a lo establecido por el artículo 47.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicables al resto del personal de la Administración General del Estado.
2. El régimen de contratación es el establecido en el artículo 49 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.