Artículo 40. Colegios profesionales.
Artículo 40 de la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias. · BOE-A-2023-8479
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-22.
Texto consolidado
1. Atendiendo a su especial relevancia, experiencia y reconocido prestigio en el desarrollo de la mediación, el Gobierno de Navarra fomentará la actuación de los colegios profesionales en este ámbito.
2. En este sentido, se facilitará apoyo para su reconocimiento como personas e instituciones de mediación a los colegios profesionales que lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos.