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Ley Derogada

Artículo 40. Tramitación.

Artículo 40 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de Conservación de la Naturaleza. · BOE-A-2001-17999

Atención: Ley 9/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El plan de conservación se formulará por la Consejería de Medio Ambiente, que lo someterá a información pública y audiencia de los interesados que se hubieran personado en el expediente. Después de la realización de los trámites referidos se elevará al Consejo de la Junta de Galicia para su aprobación mediante Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-05.

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