Artículo 40. Comité Ejecutivo.
Artículo 40 de la Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil. · BOE-A-2019-7840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-01.
Texto consolidado
1. El Comité Ejecutivo es el máximo órgano entre Asambleas del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias, correspondiéndole las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de los acuerdos y mandatos de la Asamblea General a la Comisión Permanente.
b) Promover la relación entre la Comisión Permanente y las entidades miembros.
c) Aprobar la propuesta de anteproyecto de Presupuestos.
d) Todas aquellas que se determinen en el Reglamento de Régimen Interior.
2. El Reglamento de Régimen Interior regulará la composición y el funcionamiento del Comité Ejecutivo, en el que estarán representadas todas las entidades miembros del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias.