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Ley Vigente

Artículo 40. Consideraciones generales.

Artículo 40 de la Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León. · BOE-A-2003-9100

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-28.

Texto consolidado

1. Las personas mayores usuarias de centros y servicios integrados en el Sistema de Acción Social y Servicios Sociales deberán participar en la financiación del coste de los mismos de acuerdo con su capacidad económica y en los términos que se establezcan legalmente.

2. En cualquier caso, la Junta de Castilla y León garantizará a las personas mayores carentes de medios económicos suficientes la prestación de los servicios que precisen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-28.

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