Artículo 40.
Artículo 40 de la Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas. · BOE-A-1993-21447
Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se crea el Consejo Asesor para la mejora de la accesibilidad y la supresión de las barreras arquitectónicas, adscrito a la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, como órgano de colaboración entre administraciones públicas y de participación de las asociaciones de personas con movilidad reducida.
2. Las funciones serán de colaboración, asesoramiento, información, propuesta de criterios y fomento de la accesibilidad.
3. El Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero competente, determinará mediante decreto la organización, la composición y las funciones del Consejo Asesor para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.