Artículo 40. Interoperabilidad.
Artículo 40 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Información Geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià. · BOE-A-2021-1353
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-08.
Texto consolidado
1. La infraestructura de datos espaciales valenciana cumplirá con las especificaciones tecnológicas que se determinen a nivel estatal e internacional para asegurar la interoperabilidad de los diferentes servicios y aplicaciones cartográficas que la integran, y entre estos y los usuarios externos.
2. La infraestructura de datos espaciales valenciana se conectará telemáticamente con las restantes infraestructuras de datos espaciales de ámbito local, estatal o europeo que contengan información geográfica sobre el territorio valenciano, conforme a las directrices estatales y europeas.