Artículo 40. Calificación de las infracciones.
Artículo 40 de la Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor. · BOE-A-2006-3155
Atención: Ley 11/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones se calificarán como muy graves, graves o leves de acuerdo con las disposiciones del régimen general y con los principios que rigen la potestad sancionadora.