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Ley Vigente

Artículo 40. Actividades de las Administraciones Públicas.

Artículo 40 de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura. · BOE-A-2001-14418

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-04.

Texto consolidado

El Sistema Sanitario Público de Extremadura, a través de las Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrolla las siguientes actuaciones:

a) De salud pública.

b) De asistencia sanitaria.

c) De docencia e investigación.

d) De formación.

e) De salud laboral.

f) De evaluación y mejora continua de la calidad de los servicios sanitarios.

g) Rehabilitación funcional y reincorporación social.

h) Cualquier otra actividad relacionada con la atención integral de la salud, no enunciada en los puntos anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-04.

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