Artículo 40.
Artículo 40 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia. · BOE-A-1985-23695
Atención: Ley 10/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Contra las bases definitivas y el acuerdo de concentración parcelaria se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, dentro del plazo de treinta días, contados en la forma que determina el artículo 36.