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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 4. Adscripción de la Mutualidad General Judicial.

Artículo 4 del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia. · BOE-A-2000-12139

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-29.

Texto consolidado

El sistema de Mutualismo Judicial, que se regula en el presente Real Decreto-ley, se gestionará a través de la Mutualidad General Judicial, adscrita al Ministerio de Justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-06-29.

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