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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 4.

Artículo 4 del Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro. · BOE-A-1989-17841

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-06.

Texto consolidado

La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Ebro estará integrada por los miembros indicados en el artículo 29 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, correspondiendo a las Comunidades Autónomas y a los usuarios, de conformidad con las reglas establecidas en los párrafos b) y c) del apartado 1.3 de dicho precepto, la siguiente representación:

a) Comunidades Autónomas:

Comunidad de Aragón: seis representantes.

Comunidad de Cantabria: un representante.

Comunidad de Castilla y León: un representante.

Comunidad de Castilla-La Mancha: un representante.

Comunidad de Cataluña: tres representantes.

Comunidad de La Rioja: dos representantes.

Comunidad Foral de Navarra: dos representantes.

Comunidad del País Vasco: un representante.

Comunidad Valenciana: un representante.

b) Usuarios:

De abastecimiento a poblaciones: cuatro representantes.

De regadíos: ocho representantes.

De usos energéticos: dos representantes.

De otros usos: dos representantes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-04-06.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-6700.

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