Artículo 4. Organización.
Artículo 4 del Real Decreto 918/2025, de 15 de octubre, por el que se desarrolla el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se regula su composición, atribuciones y funcionamiento. · BOE-A-2025-20695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-05.
Texto consolidado
1. El Consejo funcionará en Pleno, Secciones y Ponencias. Estará asesorado por el Comité Experto del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura. Las Secciones trabajarán en el fomento de la calidad por áreas temáticas. La composición del Consejo constará de las siguientes Secciones: la Sección de Calidad de la Arquitectura y la Sección de Sostenibilidad e Innovación.
2. El Pleno estará además asistido por una subcomisión sectorial que aglutinará a los distintos agentes del sector, la Subcomisión Sectorial para la Calidad de la Edificación (en adelante SSCE).
3. En la composición del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, de conformidad con el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.