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Real Decreto Derogada

Artículo 4. Duración del mandato.

Artículo 4 del Real Decreto 751/2010, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil. · BOE-A-2010-9545

Atención: Real Decreto 751/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La duración del mandato de los representantes de los miembros de la Guardia Civil será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos en sucesivos procesos electorales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-18.

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