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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Análisis territorial.

Artículo 4 del Real Decreto 716/2025, de 26 de agosto, por el que se aprueban las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. · BOE-A-2025-17312

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-30.

Texto consolidado

1. Las comunidades autónomas realizarán en el plan un análisis territorial de la ocurrencia de incendios y en particular de la problemática socioeconómica y, en su caso, de la provocación reiterada de incendios o el uso negligente del fuego.

Para ello, y a partir de las estadísticas de incendios forestales se analizará la causalidad de los incendios del año más reciente del que se disponga esa información y se contextualizará en los planes anuales con la causalidad decenal relacionándose con valores socioeconómicos o demográficos, pudiendo representar los valores obtenidos a través de gráficos y/o mapas.

2. Los planes anuales, asimismo, mostrarán las estadísticas provisionales de incendios forestales del año anterior, entre las que deberán incluir, al menos:

a) El número de siniestros (conatos e incendios),

b) la superficie forestal afectada (arbolada y desarbolada),

c) el número de grandes incendios forestales en el territorio de la comunidad autónoma, y

d) medias decenales de los indicadores anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-08-30.

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