Artículo 4. Perfil profesional del título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Flamenco.
Artículo 4 del Real Decreto 707/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la especialidad de Flamenco en las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música y se regula su contenido básico. · BOE-A-2011-9988
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-10.
Texto consolidado
El Graduado o Graduada en Flamenco debe ser un profesional cualificado para entender, desde una perspectiva global, el arte Flamenco en todos sus aspectos teóricos, técnicos y prácticos en sus diferentes épocas y tener una sólida formación metodológica y humanística, que le ayude en el ejercicio del análisis y del pensamiento musical necesario en su profesión. Deberá dominar las técnicas de interpretación del instrumento y su repertorio, así como de los aspectos creativos característicos del Flamenco, tanto en el papel de solista como formando parte de un conjunto, y en su condición de intérprete acompañante en las diversas facetas del Flamenco.
Asimismo, deberá contar con una sólida formación humanística que le permita trascender al fenómeno interpretativo, siendo conocedor de los sistemas de transcripción y del tratamiento de documentos sonoros, así como capaz de profundizar en los orígenes de las fuentes del flamenco tanto orales como escritas, aplicando los métodos de investigación científica propios de su campo disciplinar y dominar las técnicas expositivas y discursivas que le permitan comunicar el contenido de sus proyectos y el resultado de sus investigaciones tanto a públicos especializados como no especializados.
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